jueves, 27 de septiembre de 2012

OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS EN CUANTO A MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES.

NORMATIVA:
  1.   Los usuarios de los huertos de ocio tendrán que mantener los mismos y sus instalaciones en perfectas condiciones de funcionamiento.
  2.   La zona de huertos contará con unos srevicios comunes para los usuarios, estando al cargo del personal de la finca y debiendo hacer aquellos un uso correcto de los mismos.
  3.   El socio queda obligado a reparar o reponer aquellos bienes o equipos que resulten dañados o averiados por un mal uso de los mismos.

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